¿Cuándo es obligatorio nombrar a un delegado de protección de datos?

La protección de datos se ha convertido en un asunto de total importancia para cualquier empresa, lo que ha llevado a que la figura del delegado de protección de datos se haya convertido en imprescindible en muchos casos. Aunque lo más aconsejable es que recurras a asesorías en Elche para solventar tus dudas, te vamos a explicar los casos en los que es obligatoria su presencia en el equipo.

¿Quiénes están obligados a contar con un delegado de protección de datos?

El delegado de protección de datos es quien se encarga de supervisar y monitorizar si tu empresa se encuentra cumpliendo con las normativas vigentes, tanto en materia de protección de datos personales como en aquello que respecta a los derechos digitales.

En caso de que tengas dudas sobre si en tu empresa es necesario, te recomendamos que recurras a una asesoría que analice tu caso en particular. Algunas de las entidades que requieren de la presencia de esta figura son las siguientes:

  • Colegios profesionales, consejos generales o centros docentes y las universidades públicas y privadas.
  • Establecimientos financieros de crédito y entidades aseguradoras.
  • Entidades encargadas de explotar redes y que ofrezcan servicios de comunicaciones electrónicas.
  • Aquellos encargados de prestar servicios de la sociedad de la información cuando lleven a cabo perfiles de usuario a gran escala.
  • Entidades que estén incluidas en el artículo 1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
  • Centros sanitarios obligados legalmente a conservar las historias clínicas de los pacientes.
  • Empresas dedicadas a la seguridad privada.
  • Federaciones deportivas en los casos que traten datos de menores de edad.