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¿Cómo preparar tu empresa para una auditoría fiscal?

La clave para sortear con éxito esta evaluación exhaustiva es una asesoría fiscal en Elche, la cual radica en la planificación estratégica y en la anticipación de las áreas clave que serán objeto de escrutinio. En una auditoría se demuestra el compromiso de la empresa con los temas fiscales.

Consejos para tener una auditoría fiscal exitosa

Aquí te presentamos algunos consejos prácticos para preparar tu empresa para una auditoría fiscal de manera efectiva:

Organiza tu documentación financiera. Antes de que comience la auditoría, asegúrate de tener todos tus documentos financieros en orden. Esto incluye estados de cuenta bancarios, registros contables, facturas, comprobantes de gastos y cualquier otro documento relevante.

Revisa tus declaraciones de impuestos anteriores. Asegúrate de que toda la información sea precisa y esté respaldada por la documentación correspondiente.

Colabora con tu equipo contable. La comunicación efectiva con tu equipo contable es esencial. Asegúrate de que estén al tanto de la auditoría y que estén disponibles para responder preguntas y proporcionar información adicional según sea necesario. Un enfoque colaborativo facilitará el proceso y mostrará una imagen de transparencia.

Identifica posibles problemas y corrige errores. Realiza una revisión interna antes de la auditoría para identificar posibles problemas o errores. Si encuentras discrepancias, corrígelas antes de que comience la auditoría.

Comprende los puntos de enfoque de la auditoría. Esto podría incluir áreas como deducciones, gastos no reembolsables, informes de nómina, entre otros.

Mantén la calma y sé transparente. Responde a sus preguntas de manera clara y proporciona la documentación solicitada de manera oportuna.

¿Sabes cuál es el IVA aplicado a los billetes de avión?

Son numerosos los clientes que llegan hasta nuestra asesoría fiscal en Elche a preguntar sobre el IVA que se aplica en los billetes de avión, ya que en la mayoría de ocasiones les toca con frecuencia abordar un avión por motivos laborales o personales. Si este también es tu caso, te aconsejamos que sigas leyendo.

Billetes de avión e IVA

Por norma general, el IVA es del 10%, ya que es el tipo que corresponde a los servicios de transporte de pasajeros. Aunque como suele suceder, el asunto se puede complicar. Por ejemplo, en los vuelos internacionales o cualquier otro destino que se encuentre fuera del territorio del IVA, lo que tiene que corresponder es la exención. Esto es aplicable tanto a los vuelos internacionales como a los vuelos que tienen destino u origen en Canarias, ya que estas no forman parte del territorio IVA. Lo mismo sucede con Melilla y Ceuta, es decir, estos vuelos se encuentran exentos de este gravamen.

A todo esto, hay que añadir que si un vuelo internacional cuenta con algún tramo nacional, es decir, si se viaja desde una ciudad española a otra y desde esta última se sigue el vuelo a un destino internacional, los dos tramos se van a encontrar exentos, a no ser que se trate de un billete único. En lo que se refiere al equipaje hay que considerar que son prestaciones adicionales, por lo que tienen que compartir un tratamiento igual que la principal. Este será la exención o el tipo reducido dependiendo del caso.

Evitar notificaciones electrónicas en verano de Hacienda

Las sociedades anónimas y limitadas reciben por vía electrónica las notificaciones de Hacienda, aunque pueden seleccionar hasta 30 días al año naturales, que pueden ser consecutivos o no, durante los que la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria de España) no puede enviárselas. Si no sabes cómo hacerlo, ven a nuestro despacho de asesoría fiscal en Elche y estaremos encantados de atenderte.

¿Cómo desactivar el envío de notificaciones eléctricas?

Si tienes en mente irte de vacaciones y quieres marcar esa fecha como “los días de cortesía” que concede Hacienda, tendrás que acceder a su buzón electrónico y configurarlo para que no puedas recibir notificaciones durante los días en los que vas a estar ausente. Es que la AEAT tiene un servicio en Internet que ofrece la posibilidad de recibir comunicaciones y notificaciones administrativas por medios telemáticos en una DEH (Dirección Electrónica Habilitada). Asociado a la misma se podrá disponer de un buzón electrónico en el que se recibirán las notificaciones correspondientes.

Se encuentran suscritos obligatoriamente a este sistema las personas jurídicas, es decir, sociedades limitadas, anónimas, etc., así como las entidades sin personalidad jurídica como las comunidades de bienes, sociedades civiles, etc. También quienes ejerzan cualquier actividad profesional que requiera colegiación obligatoria, los contribuyentes que se encuentren inscritos en el registro de grandes empresas y los que cuenten con autorización para presentar declaraciones aduaneras a través del sistema de transmisión electrónica de datos o EDI (Electronic Data Interchange), entre otros. Los autónomos y el resto de las personas físicas se pueden acoger igualmente a este sistema

Regulación de los pagos en efectivo

El pago en efectivo a nivel tributario es una práctica que siempre se ha tratado de limitar mediante distintas normativas reguladoras. Esto es debido al riesgo de blanqueo de capitales y de elusión fiscal que se produce con este tipo de operación. Desde nuestra asesoría fiscal en Elche te contamos todo lo que tienes que saber para evitar futuros problemas con este tema.

Obligaciones y sanciones

Las autoridades han estado legislando desde hace años los pagos en efectivo para evitarlos en determinadas situaciones. Más concretamente, desde la Ley 11/2021, del 9 de julio, el pago en efectivo se limitó a 1.000 euros para las operaciones en las que una de las partes, como mínimo, intervenga como profesional o empresario. Esta cuantía se eleva a los 10.000 euros si se trata de un no residente.

El pago en efectivo, como no deja rastro, dificulta enormemente las labores de comprobación de la administración, ya que resulta complicado saber la existencia de las operaciones, así como el origen del dinero utilizado. Por este motivo, aquellas operaciones que se realizan entre particulares de momento se escapan a las limitaciones en este sentido.

Por otra parte, junto a la obligación de declarar los pagos en efectivo, existe un régimen sancionador. De esta forma se prevé una sanción correspondiente al 25% del importe abonado en efectivo siempre que este sobrepase el límite establecido. El importe mínimo de esta sanción es de 625 euros. Una particularidad es que tanto el receptor como el pagador pueden quedar eximidos de responsabilidad siempre que denuncien el hecho dentro de los 3 meses desde el cobro o el pago.

¿Cómo adaptar tu web a la Ley de Protección de Datos?

Es posible que tengas que recurrir a una asesoría fiscal en Elche u otra zona de España. Estas empresas son de lo más necesarias para tener al día todo lo que tiene que ver con las cuentas de tu empresa. Por lo tanto, te permite que no exista nada que te pueda hacer dudar en este apartado y, especialmente, en todo lo que tiene que ver con pagos fiscales.

Pero estas asesorías también pueden ser de gran ayuda a la hora de estar seguro de que cumples con la normativa de Protección de Datos que existe en la actualidad, incluyendo la página web de tu compañía (sea o no una tienda). De esta forma, no tendrás problema alguno con la normativa vigente que no es otra que la Ley de Protección de Datos con las siglas LOPDGDD 3/2018 y toda la regulación europea o RGPD.

Lo básico para adaptar tu web a la Ley de Protección de Datos

Se pueden realizar muchas acciones para que siempre cumplas con todo lo que es necesario para no tener problemas legales, pero lo que es indispensable es lo que te indicamos a continuación:

  • Informar al usuario del uso de cookies en el caso que se almacena estas al navegar. Se debe dar la opción a la persona que está accediendo a aceptar o denegar la política de uso que se realiza.

  • Establecer un aviso legal en alguna de las páginas de la web. Esta puede contener también lo referente a la política de privacidad (o ir por separado). Es esencial que el texto esté realizado por profesionales como por ejemplo abogados.

  • Si se tiene formularios en la página deben ser aprobados por el usuario de forma expresa, ya que se adquieren datos personales en la mayoría de ellos. La verificación debe ser doble para que tenga validez legal.